Tanto la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, como el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, han recordado que el documento, que fue presentado el pasado 23 de noviembre, ha sido sometido a un amplio trámite de audiencia en el que distintos órganos consultivos, organizaciones y asociaciones han hecho sus sugerencias.
Jorge Fernández Díaz ha asegurado que fruto de esas aportaciones el texto tiene "una mayor calidad jurídica, es profundamente garantista con los derechos y libertades de los ciudadanos y tiene un pleno encaje en nuestra Constitución".
El ministro ha explicado que el Proyecto de Ley está en perfecta sintonía con el Proyecto de Código Penal que se está tramitando en las Cortes y hace posible la despenalización de las faltas. En consecuencia, determinadas conductas que estaban sancionadas en el Código Penal pasarán a estarlo en una norma administrativa.
Además, los ciudadanos tendrán más garantías a la hora de ser identificados o cacheados en las vías públicas. En este sentido, Fernández Díaz ha avanzado que la futura ley "prohíbe que se hagan identificaciones indiscriminadas o por perfiles étnicos". De manera novedosa se regula que el traslado de un ciudadano a dependencias policiales sólo se practicará cuando no sea posible la identificación de la persona por medios físicos o telemáticos en el lugar donde se solicite y siempre será por el tiempo estrictamente necesario para realizar este trámite, que no podrá superar las 6 horas.
La nueva norma también define mejor los tipos de infracciones y detalla los criterios a aplicar para determinar la cuantía de las multas. Las infracciones se dividen en muy graves, graves y leves. Las muy graves se sancionarán con una multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros.
En cuanto al derecho de manifestación, el titular de Interior ha reiterado que el texto no modifica la ley orgánica reguladora del derecho de reunión y manifestación y sólo pretende sancionar las acciones violentas, agresivas o coactivas. "En ningún caso reprimir, sino todo lo contario, garantizar más el ejercicio de un derecho fundamental como es el de manifestación o reunión. De tal manera que la ley por primera vez protege ese derecho y sanciona precisamente como infracción grave la perturbación del desarrollo de una manifestación", ha dicho.